Las PMR pueden utilizarse para comprar en el chino, según la Guardia Civil

Hoy hemos recibido contestación a la queja por la actuación de la Guardia Civil permitiendo a un conductor estacionar en una plaza reservada para personas con movilidad reducida sin autorización durante más de hora y media, que no pudo ser utilizada evidentemente por quienes pasaron por la zona.

Según el atento escrito del responsable, han «verificado» que se debió a «una urgencia con un menor». Como pudieron comprobar los agentes, la urgencia que se prolongó más de una hora, fue la imperiosa necesidad de comprarle algo en el «chino» existente al lado del estacionamiento reservado.

Además el Coronel Jefe de la Comandancia entiende que como «no había perjuicio para terceros», se considera que la actuación más correcta fue la realizada, es decir, no denunciar la infracción.

Y hasta aquí pude leer, porque evidentemente ese modo de actuar necesita una aclaración. Cualquiera puede tener una «urgencia con un menor» y, por ejemplo, pasar a 100 km/h por delante de un radar en zona de 80, ¿no?, sin que exista perjuicio para terceros, o aparcar encima de una acera, o girar en línea contínua, o… lo que quieran imaginar. Basta con decir que tuvimos una emergencia con el niño y «la actuación más correcta» de los agentes será no denunciarnos…  seguro que a todos os ha pasado alguna vez y los amables agentes no os han denunciado…

Curiosamente la primera versión de la Guardia Civil a la prensa se excusaba en falta de competencia para negarse a denunciar la infracción, algo que no les ha impedido en otras ocasiones denunciar supuestos estacionamientos prohibidos en zona urbana. La respuesta oficial resulta más insultante para el resto de ciudadanos que no podemos tirar de teléfono, llamar a los «compañeros», y decir que era una urgencia para eludir la denuncia.

Bueno, también pudo influir algo el que el conductor llamara «compañeros» a los agentes que se personaron… digo yo, pero como la seguridad jurídica es fundamental y tenemos que conocer bien nuestros derechos para poder ejercerlos, se iniciará petición de aclaración, esta vez a través de DCA, para dejar totalmente claro, qué «urgencias con menores» o similares pueden alegarse para que quedemos exentos del cumplimiento de las normas de tráfico, y también qué se considera «perjuicio para terceros», porque seguramente al señor del Volkswagen negro que pasó con la tarjeta autorizada en el parabrisas y tuvo que seguir de largo no se lo explicaron cuando le dieron el carnet de conducir. Puede que él, ingénuamente, se considere un «tercero», y hasta que piense, erróneamente claro, que no poder utilizar la plaza para la tiene autorización porque la ha ocupado otro para comprar en el chino le ha perjudicado…

Repuesta queja 1

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