Comunicarnos con la administración. Paso 1: la petición.

Por falta de tiempo aún no habíamos publicado algo que nos vienen pidiendo casi desde nuestros inicios. Unos formatos que cualquier ciudadano pueda emplear para «comunicarse» con la administración.

Cuando vamos a preguntar algo a una administración pública, ya sea un Ayuntamiento o cualquier otra, podemos dar paseos de una a otra ventanilla durante días -o semanas- sin obtener mucho resultado. Por eso lo mejor, y además es lo que os insistirán que hagáis, es dejar constancia por escrito de vuestra petición.

Existe una Ley Orgánica reguladora de este derecho, la LO 4/2001 que podéis leer (es cortita) para daros cuenta de los derechos que tenéis aunque no se respeten en demasiadas ocasiones. En este enlace está el texto íntegro.

Además hay otros derechos que iremos comentando, pero en este primero paso vamos a dejar constancia de qué requisitos debe tener vuestra petición.

En primer lugar hemos puesto la fecha, aunque no es imprescindible porque de todas formas la pondrá la administración en su sello, y lugo bien clarito quién es el destinatario. En nuestro caso de ejemplo hemos tomado un Ayuntamiento y ponemos la dirección completa porque remitimos la petición desde una ventanilla única. Si lo dejáis en el registro de entrada del mismo Ayuntamiento podéis omitir la dirección completa, aunque nunca está de más.

Luego se concreta a quién va dirigida la petición. Si sabéis quién es el responsable (Departamento de Urbanismo, Policía Local, Recaudación, etc.) se indica, y sino ante la duda, siempre al Alcalde en caso de ser un Ayuntamiento, o al máximo responsable de la administración a la que os dirijáis. Algunas administraciones tienen la costumbre de tirar a la papelera las peticiones que creen son para otro departamento, o simplemente contestan que no son ellos los responsables y debéis pedirlo en otra ventanilla… pero el error no es vuestro, sino suyo por no respetar la Ley.

Concretamente el art. 10 de la anteriormente citada Ley Orgánica 4/2001 nos dice que:

«Artículo 10 Decisiones sobre competencia

1. Siempre que la declaración de inadmisibilidad de una petición se base en la falta de competencia de su destinatario, éste la remitirá a la institución, administración u organismo que estime competente en el plazo de diez días y lo comunicará así al peticionario. En este caso, los plazos se computarán desde la recepción del escrito, aplicándose lo dispuesto en el artículo 6.2.»

Es decir, que si mandáis a recaudación una petición que era para urbanismo, quien la ha redibido debe mandarla a la ventanilla correcta y contestaros diciendo algo como «hemos remitido su petición al departamento tal.», pero nunca deciros algo como «esto no es mío», y todo ello en el plazo de diez días.

Por tanto no hay que temer equivocarse, también es un derecho de la ciudadanía.

Una vez hemos puesto los datos de a quién nos dirigimos, nos toca poner nuestros datos como remitente, para lo cual bastaría el nombre completo, DNI, NIE o pasaporte, y domicilio a efecto de notificaciones, que no tiene porqué coincidir con la vivienda donde estemos empadronados (cosa que preguntan también algunos), puede ser cualquier dirección donde queramos recibir la respuesta, inclusive, en teoría, una dirección electrónica. De hecho, si durante el tiempo de respuesta nos mudamos podemos notificarlo con otro escrito a la administración para evitar extravíos.

Despues pasamos a la parte expositiva, donde explicamos nuestra petición, que puede ser más o menos extensa según queramos dar o no explicaciones a la administración sobre el motivo de nuestra petición.

Y por último detallamos la solicitud concreta que realizamos a la administración, donde debemos dejar claro qué pedimos. En nuestro ejemplo incluso lo numeramos (no es imprescindible), más que nada por la extendida costumbre de algunos funcionarios de contestar vagamente y de pasada a cualquier cosa pasando por alto partes que para nosotros pueden ser importantes. Así, con números bien claritos, en la respuesta es fácil saber si están saltándose algo concreto de lo que pedimos.

El ejemplo que adjuntamos fue realizado para dar respuesta a las quejas ciudadanos por el mal estado de los parques infantiles. Como es conocido los mensajes de twiter, facebook, quejas en la barra del bar, no son «medios oficiales» por lo que probablemente no se tengan en cuenta en la mayoría de las ocasiones. Estas peticiones sin embargo inician un protocolo conforme a la legislación que debe ser atendido por la administración.

Un último detalle muy importante, siempre debéis quedaros una copia sellada de todo lo que presentéis a la administración, inclusive los adjuntos si son importantes. Si la administración os niega esa copia como hemos comprobado en algunos Ayuntamientos se debe insistir hasta sellar todas las copias o solicitar la negativa por escrito. La negativa a sellar las copias presentadas (petición y adjuntos en su caso) es ilegal.

Formato petición Ciudadana parques

En casi todas las administraciones existe un modelo de «instacia» que viene a ser lo mismo que estas peticiones, contiene los mismos elementos, pero si lo tenéis claro os recomendamos llevarlo desde casa para evitar que se os olviden detalles y tener que estar un rato con el boli rellenando.

En siguientes pasos iremos describiendo el protocolo que seguimos, con plantillas de ejemplo, así como posibles actuaciones que se deriven según el tratamiento que la administración vaya dando a la petición.