Continúan las irregularidades en las plazas de comedor escolar.

Defensa Ciudadana Activa ha solicitado a la Delegación Territorial de Educación en Málaga información, a efectos estadísticos, del número de alumnos que hayan obtenido plaza en el comedor del CEIP Luis Braille de Málaga en este curso escolar en situación de dificultad social extrema.

La solicitud se realiza tras comprobar cómo, un año más, en este centro se producen irregularidades en la adjudicación de plazas de comedor escolar, quedando excluidas las familias que no puedan acreditar un contrato de trabajo. «Es ya el tercer año en el que debemos recurrir decisiones excluyentes de la administración que no comprendemos, y aunque también es el tercer año que rápidamente admiten a los excluidos no podemos quedarnos de brazos cruzados porque pueden existir muchos más afectados, no sólo en ese centro, si no a nivel de Andalucía.», informaron.

El problema detectado se refiere al criterio que utilizan los centros para adjudicar las plazas, y que en el centro concreto analizado se basaba fundamentalmente en si los padres trabajaban o no. Si trabajaban se admitía al menor, y si no quedaba excluido.

comedor_escolar

Por ello, DCA recordó tanto a la administración que el orden de prioridad marcado por la Orden de 3 de agosto de 2.010 que regula los servicios complementarios de la enseñanza, comedor escolar, y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, otorga prioridad en la siguiente forma:

1.- Personas que deban desplazarse desde fuera de la localidad.

2.- Familias en riesgo de exclusión social o dificultad social extrema.

3.- Personas cuyo horario laboral sea incompatible con el escolar.

«Determinados centros han venido excluyendo a familias del apartado segundo sin motivo aparente, aunque suponemos que porque desconocían cómo calificar las dos situaciones que cita la norma. De este modo quienes más lo necesitaban quedaban sin servicio.», criticaron.

Por ello, Defensa Ciudadana Activa insistió el pasado 24 de septiembre en los criterios para considerar la situación de dificultad social extrema, que aparecen reflejados en el BOJA nº 52 de 4 de mayo de 2.020 (pag. 7133), referidos siempre a los ingresos económicos de las familias.

Pagina 1

En algunos casos, se han encontrado con la respuesta de que las familias deben presentar certificados de Asuntos Sociales o documentos acreditativos de esta situación, lo cual a juicio de DCA es totalmente injusto. «No todas las familias sin recursos conocen los entresijos de la administración como para desenvolverse a ese nivel, y además el art. 35.f de la Ley 30/92 les exime de ese requisito. Los centros tienen su declaración de la renta y una autorización para contrastar los datos con la Agencia Tributaria, así que a partir de ahí la administración es quien debe calcular si cumplen o no los requisitos, tienen toda la información necesaria, aunque es más cómodo excluir familias y luego esperar si saben cómo recurrir por sus hijos.», denunciaron.

Aunque la alumna malagueña que fue excluida en ese centro, cuya madre es miembro de DCA, fue admitida al comedor escolar días después del recurso presentado, el expediente informativo sigue abierto, en espera de que, si se confirma que se viene aplicando mal la normativa, se remita una circular desde la Consejería de Educación para que apliquen los procedimientos normativos previstos, impidiendo que casos así puedan repetirse.