Cuando la administración «pública» se convierte en Cortijo

En estos días hemos asistido, una vez más, a la demostración de cómo una supuesta administración pública puede adoptar el método Cortijo para sus fines, que desde luego no corresponden a los generales de la ciudadanía.

Viene siendo ya un clásico en este municipio de Cádiz el que su Alcalde, alto cargo de la Diputación Provincial y Mancomunidad de Municipios, retuerza las normas a su manera para callar cualquier voz discordante.

En esta ocasión, en el primer pleno de la legislatura, y como viene siendo tradicional, consigue expulsar a un edil de la oposición que por lo visto le molestaba retorciendo el ROF como sólo un gobierno en mayoría puede hacer. Por supuesto, esto no sería posible sin la colaboración, aunque fuera por omisión, de los habilitados nacionales.

Según este primer edil su cargo de presidente del pleno le habilita para ejercer también de portavoz del gobierno, interrumpir a los ediles de la oposición cuando le plazca, y cerrar todos los turnos (en los que no interviene para evitar réplicas) cerrando con divagaciones sobre temas totalmente ajenos a la sesión.

Sus divagaciones suelen ir dirigidas al molesto edil, «picándole» para provocar su respuesta, que por muy inocente que sea (en éste caso una simple cuestión de orden como preguntar si eso era el orden del día) es considerada como interrupción provocando su expulsión inmediata.

Puede que el edil olvidara citar el artículo del ROF que le permite intervenir en cualquier momento por una cuestión de orden, pero no que la Secretaría General olvidara que es su deber intervenir cuando se dude de la legalidad de un asunto, en este caso la expulsión injustificada de un edil, para dar al menos su opinión jurídica. Más videos del incidente pueden verse en este enlace:
http://multimieda.sanroquevivo.com/boix-inaugura-el-periodo-corporativo-con-la-tradicional-expulsion-de-mayoral

Una vez más, el silencio de los habilitados nacionales es atronador, contribuyendo a la inseguridad jurídica y la perpetuación de los Cortijos en las administraciones públicas.

Desde la perspectiva de ciudadanos de a pie, fuera de ese supuesto órgano de representación política, la decisión del primer edil fue totalmente injusta, sin justificación cuando una pregunta sobre cuestiones de orden del pleno nunca puede ser considerada una interrupción, máxime cuando se admiten otras muchísimo peores sin tomar ninguna pedida, por lo que además se realizó a sabiendas, amparado en el silencio de los habilitados nacionales que no intervienen y hasta justifican si es necesario este tipo de actitudes, por lo que podríamos encontrarnos ante posibles delitos contra los derechos de los representantes públicos.