Alertan sobre el uso de fotografías de trabajadores en San Roque

La Agencia Española de Protección de Datos ha remitido informe a petición de la Asociación Defensa Ciudadana Activa sobre el uso de las imágenes de los trabajadores municipales, y concretamente sobre los que acuden a planes de empleo municipales, que viene haciendo el Consistorio Sanroqueño.

La solicitud se inició tras comprobar cómo se utilizaban para publicitar a los gobernantes locales fotografías de los trabajadores contratados en sus primeros días de trabajo. «Consideramos que no era requisito para el puesto ceder la imagen de los trabajadores para publicidad política, por lo que iniciamos el protocolo de consultas ante las instituciones competentes.»

Al iniciar sólo un expediente de consulta, DCA no ha denunciado los hechos como infracción, aunque a la vista del uso de la imagen de los trabajadores y el informe de la AGPD consideran que «cualquier trabajador afectado podría iniciarlo si continúan esas prácticas«.

En su informe la AGPD deja claro que las imágenes de la consulta tienen la consideración de datos personales siempre que permitan identificar a las personas que aparecen en ellas, «que son la mayoría, ya que rara vez hacen fotos de espaldas o sin el rostro visible», indicaron.

Continúa la Agencia resaltando el contenido de Sentencias del Tribunal Constitucional que citan el derecho a la propia imagen como un derecho derivado de la dignidad humana y dirigido a proteger la dimensión moral de las personas, que atribuye a su titular un derecho a determinar la información gráfica generada por sus rasgos físicos personales que puede tener difusión pública. Y resalta que «La facultad otorgada por este derecho (…) consiste en esencia en impedir la obtención, reproducción o publicación de la propia imagen por parte de un tercero no autorizado, sea cual sea la finalidad -informativa, comercial, científica, cultural, etc.- perseguida por quien la capta o difunde»

De este modo, en DCA consideran que no se está respetando este derecho, no se tiene consentimiento claro y por escrito de la cesión de las imágenes de trabajadores, y sobre todo éstas no resultan imprescindibles para la información que se pretende difundir, si no que sólo pretenden acompañar resignadamente la figura de los políticos.

Termina la AGPD destacando que para admitir la publicación de imágenes de personas identificables en la página web de la entidad, sin recabar el consentimiento de los ciudadanos afectados, es preciso que la información publicada tenga relevancia pública y se den las circunstancias constitucionalmente previstas para que la libertad de información prevalezca sobre el derecho a la protección de datos.

En vista del informe DCA considera que, salvo los cargos públicos directamente afectados por las notas de prensa, no existe motivo alguno para obligar a la cesión de su imagen a la mayoría de trabajadores municipales, a los que al parecer no se consulta ni mucho menos dan su consentimiento por escrito, obligándoles a renunciar a su derecho constitucional en favor de la publicidad de los políticos de turno.

Finaliza el informe resaltando, además, la gran incidencia del uso de las nuevas tecnologías, refiriéndose a la publicación de imágenes en la página web de los Ayuntamientos, en el derecho a la protección de datos personales, por lo que desde la Asociación recomiendan a las administraciones públicas ser especialmente respetuosos con estos derechos.