Tras solicitar el mes pasado copia de un expediente a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, ésta ha contestado fuera del plazo marcado por la Ley de Transparencia exigiendo requisitos para el acceso al mismo.
En concreto exigen a la Asociación que justifique la «titularidad de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos», conforme a, supuestamente, la Ley 39/2015.
La administración en este caso no indica qué artículo de la Ley les legitima a ellos para exigir esos documentos, vulnerando el derecho recogido en el art. 53.d de la misma Ley que pretenden aplicar, obligando con ello a recurrir al Consejo de Transparencia en vía de reclamación.
Por ello, además de iniciar la correspondiente reclamación ante el Consejo de Transparencia de Andalucía, se ha remitido escrito a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía solicitando distintas cuestiones.
En primer lugar se les solicita que ratifiquen que el documento enviado por correo electrónico es auténtico, ya que no cumple distintas normas de la Junta de Andalucía y es imposible verificarlo (carece de firma electrónica o código seguro de verificación).
En segundo y más importante que, dado que la exigencia de documentación entendemos vulnera la Ley de Transparencia además de la propia Ley 39/2015 que citan, causando perjuicios tanto a la ciudadanía a la que se impide su legítimo derecho de acceso a la información pública, como a la administración a la que obliga a utilizar más recursos respondiendo a reclamaciones, se inicie procedimiento sancionador conforme al Estatuto Básico del Empleado Público contra los responsables de esta situación.