El pasado 14 de diciembre una ciudadana solicita copia de un expediente existente en la Delegación Territorial de Consumo en Cádiz. Expediente que al parecer fue solicitado antes por otros colectivos y ciudadanos.
La administración explica en su respuesta al expediente que no se tiene condición de interesado, y que no existen en la actualidad normas reguladoras por las que proceda comunicar al denunciante (que no es la solicitante) la incoación de procedimiento sancionador en ese expediente.
Pero lo más llamativo de su respuesta es que la fundamentan en una «investigación» por la que al parecer han cruzado datos para revelar ciertas coincidencias (algunas se han comprobado falsas ya) por las que:
1.- Meses antes de la solicitud otra persona (ciudadano 2, en rojo) había pedido copia del mismo expediente.
2.- El correo electrónico de la solicitante pertenece a la asociación 1 (en azul)
3.- En la Diputación de Cádiz aparece el teléfono de la asociación 1 que coincide con el del ciudadano 2 (que pidió ese expediente hace meses).
4.- El presidente de la asociación 2 resulta ser, según han constatado en el Ministerio del Interior, el ciudadano 2.
5.- La solicitante resulta ser tesorera de la asociación 1, según los mismos datos del Ministerio del Interior.
6.- El presidente de la asociación 1 resulta ser la persona en nombre de la cual la asociación 2 presenta queja a consumo dando lugar al expediente solicitado.
Por último la administración indica que negó la información al ciudadano 2, a las dos asociaciones anteriores, por lo que procede sin duda negar la información a la solicitante…
Es decir, que a raíz de una solicitud por una ciudadana de un expediente la administración «investiga», sin informar ni solicitar permiso a nadie, cualquier relación de la solicitante con cuantas personas o colectivos desee, le suelta una cantidad de datos irrelevantes como el teléfono indicado por otro solicitante, el registro en una administración de varias asociaciones, o incluso que su correo tenga un determinado dominio (que por cierto no es de asociación alguna) como si sirviera de argumento para negar la entrega de la información.
Ya no es que se les hayan acabado las excusas para ocultar los expedientes y así poder seguir cruzados de brazos mientras éstos siguen cuidadosamente archivados en la papelera más cercana. Es que se olvidan total y absolutamente de la normativa de protección de datos consultando cuantas «bases de datos», también llamadas «cotilleos», se encuentren a su alcance para aburrir al ciudadano.
Ahora falta saber qué respuesta dará el Consejo de Transparencia, y probablemente el departamento de Protección de Datos, además de cómo va a justificar la Delegación Territorial semejante «investigación», máxime cuando la propia Junta de Andalucía argumenta en otros expedientes que no puede acceder a los datos del Ministerio del Interior para pedir documentación extra a los ciudadanos. ¿Puede Consumo acceder a «bases de datos» y no el resto de Consejerías?
Al margen de la reclamación que la solicitante interponga ante el Consejo de Transparencia de Andalucía, queda por ver qué tendrá que decir, en su caso, el departamento de Protección de Datos ante el uso indiscriminado de datos de nula utilidad con ánimo cuando menos dudoso por parte de la administración. Si su objetivo era disuadir a los ciudadanos de buscar transparencia, podemos asegurarles que el efecto será todo lo contrario.