San Roque sigue sin cumplir la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

El Ayuntamiento de San Roque ha aprobado al parecer inicialmente sus presupuestos para 2.015. El año pasado se presentaron varias reclamaciones, entre ellas las de esta Asociación por no respetar la Disposición final tercera de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que en sus apartados 4 y 5 nos indica que:

«4. En el ámbito de las Entidades que integran la Administración Local, los derechos reconocidos en el artículo 6 de la presente ley podrán ser ejercidos en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia a partir del 31 de diciembre de 2009 siempre que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias. A estos efectos las Diputaciones Provinciales, o en su caso los Cabildos y Consejos Insulares u otros organismos supramunicipales, podrán prestar los servicios precisos para garantizar tal efectividad en el ámbito de los municipios que no dispongan de los medios técnicos y organizativos necesarios para prestarlos.

5. Las Comunidades Autónomas y las Entidades integradas en la Administración Local en las que no puedan ser ejercidos a partir del 31 de diciembre de 2009 los derechos reconocidos en el artículo 6 de la presente Ley, en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia, deberán aprobar y hacer públicos los programas y calendarios de trabajo precisos para ello, atendiendo a las respectivas previsiones presupuestarias, con mención particularizada de las fases en las que los diversos derechos serán exigibles por los ciudadanos.»

¿Qué quiere esto decir? Pues que desde el 2.010 deberíamos poder comunicarnos con las administraciones locales telemáticamente, sin perder horas de trabajo ni hacer kilómetros o esperar horas en una ventanilla. ¿Lo cumplen?… muy poquitas y de forma algo chapucera, la verdad. En el caso de San Roque no lo cumplía y tras nuestras reclamaciones de agosto de 2.013 al menos implantaron los registros locales que no existían hasta la fecha (luego vino la edil a ponerse la medalla de turno, lógicamente).

En el mismo acto de imposición de medallas, también conocido como rueda de prensa, se alardeó de que «a partir del próximo lunes comenzará a funcionar en periodo de pruebas un servicio para la gestión telemática de documentos. Nuestro objetivo es que, tras detectar posibles fallos y subsanarlos, este servicio funcione ya al cien por cien a partir del 1 de enero de 2014”. Ese lunes era 25 de noviembre, pero no les dio tiempo. Dos días más tarde probamos una web que suponíamos era la indicada y detectamos graves fallos de seguridad en la misma.

Acceso a Mi Ayuntamiento

La respuesta municipal no fue precisamente la de dar las gracias por el aviso, sino amenazar con una denuncia que nunca se produjo y, al parecer, cancelar el programa de gestión telemática del Ayuntamiento, si es que algún día existió ya que llevan años diciendo que hay una empresa contratada para tal fin.

Como resultado de ello, de esa gestión telemática que entraría en funcionamiento al 100% el 1 de enero de 2.014 no se sabe nada diez meses después. Por eso día de hoy el Ayuntamiento de San Roque sigue con los deberes por hacer, presumiendo de superávit en prensa mientras la intervención de fondos alega que no hay presupuesto para cumplir la legalidad en cuanto al acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Pues léanse la norma: si no hay presupuesto hay que aprobar y hacer público un programa y calendario de trabajo, pero no ahora, ya desde el 2.010, así que pónganse a hacer los deberes, y faciliten de verdad los trámites al ciudadano en lugar de «invitarles» a pasar por ventanilla cada día a verles las caras y de paso hacer campaña.

P.D.: Esta norma es de obligado cumplimiento para todas las Entidades Locales, por lo que animamos a cuantos ciudadanos estén interesados a presentar recursos a los Presupuestos Generales de sus Ayuntamientos a fin de que la respeten y se permita el acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Adjuntamos un formato tipo, marcando en rojo los datos personales a completar: C010 Recurso PresupuestosC010 Recurso Presupuestos