Tras décadas de trámites administrativos el pasado año la Junta de Andalucía Decretó la creación de 8 nuevos municipios en Andalucía, entre ellos el gaditano de San Martín del Tesorillo, dependiente hasta entonces del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera.
Desde ese día de la independencia, el pasado 2 de octubre, el Decreto 181/2018 establecía un plazo de 3 meses para la constitución de la Comisión Gestora que gobernaría el nuevo municipio hasta las próximas elecciones municipales. Dicha comisión se creó finalmente el pasado 2 de enero.
A partir de ese momento, conforme a la disposición cuarta del citado Decreto 181/2018, el presidente y los vocales de la comisión gestora adquieren los mismos derechos y obligaciones que el Alcalde y Concejales a todos los efectos marcados por la legislación de régimen local.
«Obviamente, dado que un municipio no puede tener dos Alcaldes, ello implica que el primer edil del municipio matriz deja de tener competencias en el nuevo municipio, por lo que pese a la lógica colaboración entre administraciones cada uno debe tener unas funciones claras a la hora de intervenir en procedimientos administrativos», indicaron desde DCA.
Es por ello que la realización de unos trámites administrativos sobre propiedades en San Martín del Tesorillo el pasado 16 de enero llamó la atención de miembros de esta Asociación: Son trámites en San Martín del Tesorillo que afectan a parcelas y propietarios de este término municipal, sin embargo quien acude y firma como representante de la administración local es el Alcalde del vecino municipio de Jimena de la Frontera.
En vista de la extraña situación, y tras consultar con las administraciones competentes que entienden igualmente que desde el pasado 2 de enero los representantes del municipio de Jimena de la Frontera (Ayuntamiento matriz) no lo son del término segregado de San Martín del Tesorillo, desde DCA se ha remitido una solicitud a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía para conocer más información sobre lo ocurrido. Con ello se pretende que explique la participación de cargos públicos de otros municipios en los trámites administrativos que afecten al nuevo municipio, así como que remita determinada documentación para comprobar la situación.