{"id":659,"date":"2014-11-23T12:20:08","date_gmt":"2014-11-23T11:20:08","guid":{"rendered":"http:\/\/democraciaactiva.eu\/?p=659"},"modified":"2014-11-23T12:20:08","modified_gmt":"2014-11-23T11:20:08","slug":"consulta-sobre-publicacion-de-datos-personales-por-la-administracion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/?p=659","title":{"rendered":"Consulta sobre publicaci\u00f3n de Datos Personales por la administraci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/democraciaactiva.eu\/wp-content\/uploads\/2014\/11\/Copia-de-LOPD.jpeg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-660\" src=\"https:\/\/democraciaactiva.eu\/wp-content\/uploads\/2014\/11\/Copia-de-LOPD.jpeg\" alt=\"Copia de LOPD\" width=\"259\" height=\"194\" \/><\/a><\/p>\n<p>Hemos recibido diversas consultas sobre la legalidad de la publicaci\u00f3n por parte de la administraci\u00f3n, en este caso Ayuntamientos, de los datos personales de ciudadanos en sus tablones de anuncios, incluso electr\u00f3nicos,\u00a0 Boletines Oficiales, p\u00e1ginas web, etc.<\/p>\n<p>En este sentido consideramos que <strong>la publicaci\u00f3n de datos personales s\u00f3lo est\u00e1 autorizada en casos muy concretos por imposibilidad de notificaci\u00f3n al interesado<\/strong>, y evidentemente esta circunstancia debe quedar totalmente acreditada en el expediente del que se trate.<\/p>\n<p>La ley 30\/92 de Procedimiento Administrativo Com\u00fan establece en su art. 59 <strong>la notificaci\u00f3n debe realizarse en cualquier domicilio conocido, y en caso de que en un primer intento no fuera posible realizar la notificaci\u00f3n \u00e9sta deber\u00e1 repetirse por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres d\u00edas siguientes.<\/strong><\/p>\n<p>S\u00f3lo tras acreditarse esos intentos de notificaci\u00f3n se podr\u00e1, conforme al p\u00e1rrafo quinto del mismo art\u00edculo, proceder a la notificaci\u00f3n mediante edictos o boletines oficiales.<\/p>\n<p>Una cuesti\u00f3n a tener en cuenta es que debe realizarse en cualquier domicilio conocido, y en ocasiones la administraci\u00f3n dispone de varios, por lo que <strong>deber\u00eda intentarlo en todos<\/strong>. Hemos tenido casos de sanciones de tr\u00e1fico notificadas mediante publicaci\u00f3n en Bolet\u00edn Oficial porque la notificaci\u00f3n se hab\u00eda remitido al domicilio que constaba en el carnet de conducir del interesado (fichero de conductores de la DGT) pero la administraci\u00f3n ten\u00eda el domicilio de esa misma persona en el padr\u00f3n de habitantes y registro de propietarios de veh\u00edculos, por lo que al no haber siquiera intentado notificarle a su domicilio actual (conocido por la administraci\u00f3n) la sanci\u00f3n, que ya hab\u00eda sido ejecutada mediante embargo en cuenta bancaria, hubo de ser devuelta m\u00e1s los intereses de demora correspondientes.<\/p>\n<p>En primer lugar en estos casos <strong>se debe acudir a la administraci\u00f3n a revisar y, en su caso, obtener copia del expediente<\/strong> como interesados. En \u00e9l deben constar de forma clara las notificaciones que se hayan efectuado, con fecha y lugar d\u00f3nde se practicaron, en cumplimiento de la normativa anteriormente descrita.<\/p>\n<p>Una segunda actuaci\u00f3n, en caso de disconformidad con las notificaciones efectuadas, porque entendamos que la administraci\u00f3n no ha utilizado todas las direccione de que dispone,\u00a0 podr\u00eda ser <strong>solicitar a la administraci\u00f3n que informe de los datos personales que mantiene en sus ficheros<\/strong>, conforme al art. 15 de la Ley Org\u00e1nica 15\/1999 de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal, <strong>que la administraci\u00f3n debe ser resuelta en el plazo de diez d\u00edas.<\/strong> Puede para ello utilizarse el <a title=\"Modelo de derecho de acceso\" href=\"http:\/\/www.agpd.es\/portalwebAGPD\/CanalDelCiudadano\/denunciasciudadano\/derecho_acceso_den\/common\/pdfs\/derecho_acceso_a1.pdf\" target=\"_blank\">modelo previsto por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos <\/a>que enlazamos.<\/p>\n<p>De no obtener respuesta en el plazo se\u00f1alado, podr\u00eda iniciarse una <strong>petici\u00f3n de tutela ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos<\/strong>, que puede solicitarse telem\u00e1ticamente o en formato papel <a title=\"Solicitud Tutela de Derechos\" href=\"https:\/\/sedeagpd.gob.es\/sede-electronica-web\/vistas\/formReclamacionDerechos\/reclamacionDerechos.jsf\" target=\"_blank\">en \u00e9ste enlace.<\/a><\/p>\n<p>La Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos resolver\u00e1, con toda probabilidad aunque bastante despu\u00e9s, insistiendo a la administraci\u00f3n en su deber de facilitar los datos, y otorgando un nuevo plazo de diez d\u00edas para ello. De no cumplir de nuevo su obligaci\u00f3n la administraci\u00f3n se deber\u00eda denunciar el hecho ante la AGPD <a title=\"Denuncias ante la AGPD\" href=\"http:\/\/www.agpd.es\/portalwebAGPD\/CanalDelCiudadano\/denunciasciudadano\/index-ides-idphp.php\" target=\"_blank\">utilizando los formularios de este enlace.<\/a><\/p>\n<p>Puede parecer un procedimiento largo y algo engorroso, pero <strong>lamentablemente la administraci\u00f3n no parece tener ninguna prisa cuando se trata de respetar los derechos ciudadanos<\/strong>.<\/p>\n<p>Una vez obtenido el certificado de la administraci\u00f3n con los domicilios que contengan sus distintos ficheros, y <strong>si se comprueba que no se han realizado todas las notificaciones conforme a la normativa<\/strong> anterior, puede interponerse recurso ante la publicaci\u00f3n, ejerciendo el derecho de cancelaci\u00f3n, pero tambi\u00e9n contra la sanci\u00f3n si ha prescrito puesto que el procedimiento no ha sido acorde a la legalidad vigente. En caso de que el plazo necesario para las gestiones haya sobrepasado los que inicialmente otorga la administraci\u00f3n para recursos potestativos o contencioso-administrativo, siempre podr\u00eda intentarse un<strong> Recurso Extraordinario de Revisi\u00f3n <\/strong>(art. 108 de la Ley 30\/92), para el cual se dispone de 4 a\u00f1os si se alega un error de hecho en la tramitaci\u00f3n del procedimiento en caso de que conste en la documentaci\u00f3n que las notificaciones no han cumplido la normativa vigente, o de tres meses, a partir de que se reciba el certificado de datos personales de la administraci\u00f3n,\u00a0 si es necesario aportar dicho documento para demostrar que exist\u00edan domicilios en conocimiento de la misma donde no se ha practicado la notificaci\u00f3n. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>Hemos recibido diversas consultas sobre la legalidad de la publicaci\u00f3n por parte de la administraci\u00f3n, en este caso Ayuntamientos, de los datos personales de ciudadanos <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/democraciaactiva.eu\/?p=659\" title=\"Consulta sobre publicaci\u00f3n de Datos Personales por la administraci\u00f3n\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[5,6,8],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/659"}],"collection":[{"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=659"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/659\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=659"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=659"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=659"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}