{"id":392,"date":"2014-08-13T21:42:35","date_gmt":"2014-08-13T20:42:35","guid":{"rendered":"http:\/\/democraciaactiva.eu\/?p=392"},"modified":"2014-08-13T21:42:35","modified_gmt":"2014-08-13T20:42:35","slug":"comunicarnos-con-la-administracion-paso-1-la-peticion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/democraciaactiva.eu\/?p=392","title":{"rendered":"Comunicarnos con la administraci\u00f3n. Paso 1: la petici\u00f3n."},"content":{"rendered":"<p>Por falta de tiempo a\u00fan no hab\u00edamos publicado algo que nos vienen pidiendo casi desde nuestros inicios. Unos formatos que cualquier ciudadano pueda emplear para \u00abcomunicarse\u00bb con la administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuando vamos a preguntar algo a una administraci\u00f3n p\u00fablica, ya sea un Ayuntamiento o cualquier otra, podemos dar paseos de una a otra ventanilla durante d\u00edas -o semanas- sin obtener mucho resultado. Por eso lo mejor, y adem\u00e1s es lo que os insistir\u00e1n que hag\u00e1is, es dejar constancia por escrito de vuestra petici\u00f3n.<\/p>\n<p>Existe una Ley Org\u00e1nica reguladora de este derecho, la LO 4\/2001 que pod\u00e9is leer (es cortita) para daros cuenta de los derechos que ten\u00e9is aunque no se respeten en demasiadas ocasiones. <a title=\"Ley Org\u00e1nica reguladora del Derecho de Petici\u00f3n\" href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/Admin\/lo4-2001.html\" target=\"_blank\">En este enlace est\u00e1 el texto \u00edntegro.<\/a><\/p>\n<p>Adem\u00e1s hay otros derechos que iremos comentando, pero en este primero paso vamos a dejar constancia de qu\u00e9 requisitos debe tener vuestra petici\u00f3n.<\/p>\n<p>En primer lugar hemos puesto la fecha, aunque no es imprescindible porque de todas formas la pondr\u00e1 la administraci\u00f3n en su sello, y lugo <strong>bien clarito qui\u00e9n es el destinatario<\/strong>. En nuestro caso de ejemplo hemos tomado un Ayuntamiento y <strong>ponemos la direcci\u00f3n completa porque remitimos la petici\u00f3n desde una ventanilla \u00fanica<\/strong>. Si lo dej\u00e1is en el registro de entrada del mismo Ayuntamiento pod\u00e9is omitir la direcci\u00f3n completa, aunque nunca est\u00e1 de m\u00e1s.<\/p>\n<p><strong>Luego se concreta a qui\u00e9n va dirigida la petici\u00f3n<\/strong>. Si sab\u00e9is qui\u00e9n es el responsable (Departamento de Urbanismo, Polic\u00eda Local, Recaudaci\u00f3n, etc.) se indica, y sino ante la duda, siempre al Alcalde en caso de ser un Ayuntamiento, o al m\u00e1ximo responsable de la administraci\u00f3n a la que os dirij\u00e1is. Algunas administraciones tienen la costumbre de tirar a la papelera las peticiones que creen son para otro departamento, o simplemente contestan que no son ellos los responsables y deb\u00e9is pedirlo en otra ventanilla&#8230; pero el error no es vuestro, sino suyo por no respetar la Ley.<\/p>\n<p class=\"a\">Concretamente el art. 10 de la anteriormente citada Ley Org\u00e1nica 4\/2001 nos dice que:<\/p>\n<p>\u00ab<em>Art\u00edculo 10<\/em> <i> Decisiones sobre competencia <\/i><\/p>\n<div id=\"ART10\">\n<p><b>1.<\/b> Siempre que la declaraci\u00f3n de inadmisibilidad de una petici\u00f3n se base en la falta de competencia de su destinatario, <strong>\u00e9ste la remitir\u00e1 a la instituci\u00f3n, administraci\u00f3n u organismo que estime competente en el plazo de diez d\u00edas y lo comunicar\u00e1 as\u00ed al peticionario.<\/strong> En este caso, los plazos se computar\u00e1n desde la recepci\u00f3n del escrito, aplic\u00e1ndose lo dispuesto en el art\u00edculo 6.2.\u00bb<\/p>\n<p>Es decir, que si mand\u00e1is a recaudaci\u00f3n una petici\u00f3n que era para urbanismo, <strong>quien la ha redibido debe mandarla a la ventanilla correcta y contestaros<\/strong> diciendo algo como \u00abhemos remitido su petici\u00f3n al departamento tal.\u00bb, pero nunca deciros algo como \u00abesto no es m\u00edo\u00bb, y todo ello en el plazo de diez d\u00edas.<\/p>\n<p>Por tanto <strong>no hay que temer equivocarse, tambi\u00e9n es un derecho de la ciudadan\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>Una vez hemos puesto los datos de a qui\u00e9n nos dirigimos, nos toca poner <strong>nuestros datos como remitente, para lo cual bastar\u00eda el nombre completo, DNI, NIE o pasaporte, y domicilio a efecto de notificaciones<\/strong>, que no tiene porqu\u00e9 coincidir con la vivienda donde estemos empadronados (cosa que preguntan tambi\u00e9n algunos), puede ser cualquier direcci\u00f3n donde queramos recibir la respuesta, inclusive, en teor\u00eda, una direcci\u00f3n electr\u00f3nica. De hecho, si durante el tiempo de respuesta nos mudamos podemos notificarlo con otro escrito a la administraci\u00f3n para evitar extrav\u00edos.<\/p>\n<p><strong>Despues pasamos a la parte expositiva, donde explicamos nuestra petici\u00f3n<\/strong>, que puede ser m\u00e1s o menos extensa seg\u00fan queramos dar o no explicaciones a la administraci\u00f3n sobre el motivo de nuestra petici\u00f3n.<\/p>\n<p>Y <strong>por \u00faltimo detallamos la solicitud concreta que realizamos a la administraci\u00f3n<\/strong>, donde debemos dejar claro qu\u00e9 pedimos. En nuestro ejemplo incluso lo numeramos (no es imprescindible), m\u00e1s que nada por la extendida costumbre de algunos funcionarios de contestar vagamente y de pasada a cualquier cosa pasando por alto partes que para nosotros pueden ser importantes. As\u00ed, con n\u00fameros bien claritos, en la respuesta es f\u00e1cil saber si est\u00e1n salt\u00e1ndose algo concreto de lo que pedimos.<\/p>\n<p>El ejemplo que adjuntamos fue realizado para dar respuesta a las quejas ciudadanos por el mal estado de los parques infantiles. Como es conocido los mensajes de twiter, facebook, quejas en la barra del bar, no son \u00abmedios oficiales\u00bb por lo que probablemente no se tengan en cuenta en la mayor\u00eda de las ocasiones. <strong>Estas peticiones sin embargo inician un protocolo conforme a la legislaci\u00f3n que debe ser atendido por la administraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Un \u00faltimo detalle muy importante, <strong>siempre deb\u00e9is quedaros una copia sellada de todo lo que present\u00e9is a la administraci\u00f3n, inclusive los adjuntos si son importantes<\/strong>. Si la administraci\u00f3n os niega esa copia como hemos comprobado en algunos Ayuntamientos se debe insistir hasta sellar todas las copias o solicitar la negativa por escrito. <strong>La negativa a sellar las copias presentadas (petici\u00f3n y adjuntos en su caso) es ilegal.<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/democraciaactiva.eu\/wp-content\/uploads\/2014\/08\/Formato-petici\u00f3n-Ciudadana-parques.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-393\" src=\"https:\/\/democraciaactiva.eu\/wp-content\/uploads\/2014\/08\/Formato-petici\u00f3n-Ciudadana-parques-212x300.jpg\" alt=\"Formato petici\u00f3n Ciudadana parques\" width=\"212\" height=\"300\" \/><\/a><\/p>\n<p>En casi todas las administraciones existe un modelo de \u00abinstacia\u00bb que viene a ser lo mismo que estas peticiones, contiene los mismos elementos, pero si lo ten\u00e9is claro os recomendamos llevarlo desde casa para evitar que se os olviden detalles y tener que estar un rato con el boli rellenando.<\/p>\n<p>En siguientes pasos iremos describiendo el protocolo que seguimos, con plantillas de ejemplo, as\u00ed como posibles actuaciones que se deriven seg\u00fan el tratamiento que la administraci\u00f3n vaya dando a la petici\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>Por falta de tiempo a\u00fan no hab\u00edamos publicado algo que nos vienen pidiendo casi desde nuestros inicios. 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